Por; Manuel Rendón
Hernández.
Reynosa, Tamaulipas.-Efectivos de la Policía Ministerial del
Estado hicieron comparecer el día de ayer al comerciante José Roberto Fuentes
Llamas a la Agencia Segunda del Ministerio Público de Protección a la Familia a
fin de que participara en una Audiencia Conciliadora entre él y su exesposa
Mireya Medina Hernández, ésta en calidad de ofendida dentro de la
averiguación previa penal número
478-20l0 que se integró en su contra como presunto responsable del delito de
Sustracción y Retención de Menores por los Padres, cometidos en agravio de dos
menores hijos de ambos menores de edad.
Tiempo después cuando la titular de esta
Representación Social en ese tiempo Licenciada Oralia Barrera Mancha –ya
finada- concluyó tal indagatoria y considerando de acuerdo a las diligencias
practicadas dentro de la misma existencia de la presunta responsabilidad del
padre de familia en los delitos de Sustracción y Retención de Menores por sus
Padres, cometido en agravio de sus pequeños hijos de seis y nueve años
respectivamente, dictó el ejercicio de la acción penal remitiendo la presente
averiguación al Juzgado Segundo Penal de Primera Instancia, solicitando la
correspondiente orden de aprehensión del presunto responsable para mandarla
ejecutar por los conductos debidos, pero pasados los meses finalmente el
titular del Juzgado de referencia al determinar lo conducente suspendió el
procedimiento al percatarse la falta del requisito de la existencia de la Audiencia Conciliatoria entre las partes,
devolviendo el expediente a la Fiscalía de Protección a la Familia a fin de que
se llevara a cabo esa diligencia y una vez este requisito, enviarle nuevamente
el expediente 226-20l0 y poder concluirlo de manera legal.-
Retomando la diligencia efectuada ayer en la
Fiscalía de Protección a la Familia, el señor José Roberto Fuentes Llamas se
negó a participar, optando la Licenciada Polanco Cortés en levantar la
constancia del resultado de la audiencia y ya estar en disposiciones de enviar
nuevamente el expediente al Juzgado Segundo Penal a fin de que sea el titular quien
el encargado de resolverlo finalmente.-
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