martes, 23 de agosto de 2011

RATERAZO SUERTUDO SERA PROCESADO SOLO POR PORTACION DE ARMAS



Por Manuel Rendón Hernández.-
Manuel Padilla Luna, un delincuente nato de 23 años de edad y auténtico enemigo social fue considerado un raterazo suertudo al ser consignado ante el Juzgado Tercero Penal únicamente como presunto responsable del delito de Portación de Armas Prohibidas, cuando en realidad el día l0 de los corrientes fue detenido en la calle Sinaloa por elementos de Seguridad Pública Municipal en base a los señalamientos de tres ciudadanos que le imputaron la responsabilidad de haberles robado objetos y prendas de su propiedad.-
Resulta que el joven Jesús González Ramírez de l9 años, domiciliado en la calle Pedro J. Médez 620 cento lo señaló como la persona que le robó un radio Nextel, mientras que Fulgencio Velasco Garza de 24 lo acusó del robo de un estéreo y varios CD que sustrajo del interior de su automóvil Grand Prix 2004 luego de destrozarle uno de los vidrios y finalmente ya cuando estaba detenido lo encaró Daniel Alejandro Hernández de 24 años imputándole la responsabilidad del robo de un celular y un radio Nextel cometido en su casa ubicada en la calle Palafox 320 del sector centro y al revisarlo corporalmente le encontraron en su poder un cuchillo.-
Padilla Luna fue puesto a disposición de la Agencia Primera del Ministerio Público Investigadora por parte del Juez Calificador, sin embargo al iniciar la averiguación previa penal correspondiente el titular de la Representación Social Licenciado Rubén Arredondo Sáenz y que pese a que los tres presuntos ofendidos fueron debidamente notificados para que acudieran a ratificar sus respectivas denuncias en contra del delincuente de referencia, aquellos no se presentaron dentro del término constitucional, obligando con ello al Fiscal Investigador que solamente dictara el ejercicio de la acción penal en contra de Manuel Padilla Luna únicamente como presunto responsable del delito de Portación de Armas Prohibidas, remitiendo al juzgado el cuchillo que le fue asegurado al momento de su detención.-
Fue por ello que la situación jurídica emprendida por la Institución de Justicia en contra del delincuente con suerte se debilitara a tal grado, tomando en cuenta la ausencia del cuerpo del delito en cuanto hace a los robos y específicamente la oficialización de las denuncias de los ofendidos directos.-
Por lo tanto al ser trasladado el inculpado al Juzgado Tercero Penal para que rindiera su declaración preparatoria, ante la presencia de la Licenciada Esther Valdez Rocha en su carácter de Agente del Ministerio Público adscrita al Juzgado Tercero Penal, asi como del defensor de oficio y de la misma secretaria de acuerdos Licenciada Norma Adriana Blanco, se limitó a ratificar su declaración rendida en la Agencia del Ministerio Público en el sentido que iba caminando por la calle Sinaloa cuando unos chavos lo agredieron y entregaron a los policías argumentando que les había robado unas cosas y le encontraron un cuchillo que llevaba en la cintura.-
Lo cierto es que legalmente Manuel Padilla Luna enfrenta la causa penal número 4l3/20ll instruída en su contra como presunto responsable del delito de Portación de Armas Prohibidas y a la hora que el defensor de oficio solicite al Juez Licenciado Isaías Contreras Tamaya la libertad caucional de su defenso, el juzgdor deberá de otorgarla puesto que el inculpado tiene derecho a gozar de ese beneficio.-

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